Configuración de las cookies

Cookie Tipo Propósito Activa

Google Analitycs

De terceros

Recoger información sobre la navegación de los usuarios por el sitio con el fin de conocer el origen de las visitas y otros datos similares a nivel estadístico. No obtiene datos de los nombres o apellidos de los usuarios ni de la dirección postal concreta desde donde se conectan.

Cookie: Google Analitycs

Tipo: De terceros

Proposito: Recoger información sobre la navegación de los usuarios por el sitio con el fin de conocer el origen de las visitas y otros datos similares a nivel estadístico. No obtiene datos de los nombres o apellidos de los usuarios ni de la dirección postal concreta desde donde se conectan.

Propias

Técnicas

Cookies de sessión y aceptación de cookies.

Cookie: Propias

Tipo: Técnicas

Cookies de sessión y aceptación de cookies.

Bonificaciones en el IBI por instalación de paneles solares
  • lunes, 20 de diciembre de 2021

Bonificaciones en el IBI por instalación de paneles solares

Si estás pensando poner paneles solares en tu vivienda y no terminas de animarte, a pesar del ahorro en la factura y las subvenciones vigentes para este tipo de instalaciones, quizá lo que te vamos a contar termine de animarte: y es que es muy probable que tu ayuntamiento bonifique el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) si cumples una serie de requisitos.

Enumeramos a continuación los ayuntamientos que tienen vigente dicha bonificación, así como los requisitos mínimos necesarios para poder optar a dicha bonificación; si bien se espera que poco a poco sean otros cabildos regionales los que opten por promover la instalación de energía solar con este ahorro adicional, como Ribadesella o Valdés:  

  • https://drupal.gijon.es/sites/default/files/2024-01/ORDENANZAS%20REGULADORAS%20DE%20TRIBUTOS%20Y%20PRECIOS%20P%C3%9ABLICOS%20MUNICIPALES%20%202024.pdf Gijón: bonificación del 50% en la cuota íntegra del impuesto durante 5 años los bienes inmuebles en los que se incorporen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar.
  • Oviedo: 50% de bonificación durante 3 años. En el caso de las viviendas unifamiliares, para poder disfrutar de la bonificación se requerirá una potencia pico mínima instalada de 3,5 kWp.
  • Siero: 30% de bonificación durante 3 años, con unas condiciones similares a las establecidas para Gijón.
  • Villaviciosa: bonificación del 40% de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía proveniente del sol. La bonificación se aplicará durante los cinco períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación a aquellos inmuebles en los se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo siempre y cuando dichos sistemas representan al menos el 50 por 100 del suministro total de energía.
  • Avilés: ahorro del 50% las edificaciones cuyo uso catastral sea predominantemente residencial con potencia instalada superior a 3.5 kWp en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los tres periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación.
  • Carreño: bonificación del 50% durante 4 años. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que se incluyan placas solares que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente y con una potencia pico superior a 3.5 kWp para viviendas unifamiliares. 
  • Salas: 50% de bonificación durante 5 años, los bienes inmuebles cuyo uso catastral sea predominantemente residencial, en los que se instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones dispongan de la correspondiente autorización de la instalación por la Administración competente.
  • Tineo: 25% de ahorro durante 5 años aquellos inmuebles cuyo uso catastral sea predominantemente residencial, en los que se instalen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar siempre y cuando dichos sistemas representen un suministro de energía mínimo del 50 % del total, durante los cinco periodos impositivos a contar desde el siguiente a la finalización de las obras. Además, la bonificación estará condicionada a que las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente. 
  • Llanera: bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles del 40% de la cuota íntegra para las edificaciones cuyo uso sea residencial, en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol y se destine a autoconsumo, siempre que el mínimo de potencia instalada sea igual o mayor a 1,5 kWp.
  • Vegadeo: bonificación del 40% durante 10 años para aquellos bienes inmuebles en los que se incorporen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar, siempre que tales sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía dispongan de una potencia instalada mínima de 2,5 kW por cada 200 m2 construidos o fracción superior a 100.
  • Langreo: 50% de bonificación durante 3 años para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol.
  • Bimenes: ahorro del 40% durante 5 años para aquellos bienes inmuebles en los que se incorporen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar, siempre que tales sistemas de aprovechamiento eléctrico dispongan de una potencia instalada mínima de 2,5 kW por cada 200 m2 construidos o fracción superior a 100.
  • Cangas de Onís: bonificación del 50% del impuesto los bienes inmuebles cuyo uso catastral sea predominantemente residencial, en los que se incorporen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar para autoconsumo, debiendo disponer de una potencia instalada mínima de 2,5 kW por cada 200 metros cuadrados construidos o fracción superior a 100. Tendrá una duración de 5 años.
  • Castrillón: 50% de bonificación durante 5 años.
  • Colunga: 40% de bonificación durante 3 años.

Si quieres que estudiemos tu caso sin compromiso y valoremos la solución que más te conviene estaremos encantados de ayudarte. Tal y como indicamos más arriba, no siempre conviene guiarse por estas bonificaciones debido a algún requerimiento que se exige, si bien, en caso de poder aprovecharte de él, te asesoraremos para que lo disfrutes.

Es el momento de ahorrar con la luz en precios máximos históricos, con subvenciones vigentes para cualquier tipo de instalación independientemente de la potencia instalada y, en paralelo, con estas posibles bonificaciones; no dudes en contactarnos.